En relación con nuestro tema de la semana, los
Derechos Sexuales y Reproductivos, les compartirmos los Derechos de las mujeres en estado de embarazo, ya que cuándo optamos por estar en embarazo, los Estados y los centros de Salud deben garatizarnos los mejores servicios de acuerdo con nuestras creencias, sin medicalizarnos inecesariamente o violentarnos.
1) Derecho a la información: Libre acceso a toda la información existente y necesaria sobre derechos, fisiología, rutinas, sistemas de atención, índices de cesáreas, episiotomías, anestésicos, controles mínimos en el embarazo, etc.
2) Derecho a decidir (consentimiento informado): La mujer tiene derecho a decidir que se hace sobre cuerpo habiendo recibido toda la información de manera clara acerca de las prácticas y procedimientos (qué, por qué, para qué, cómo, alternativas, etc.)que se pretenden realizar. Y los padres acerca del recién Nacido.
3) Derecho a la libre elección del lugar para parir: Que el sistema público de salud, las obras sociales, los sistemas de medicina prepaga garanticen la cobertura de atención profesional e instrumental donde elija la mujer y su familia: hospital, sanatorio, maternidad o el hogar.
4) Derecho a estar acompañada: Durante los controles en el embarazo, el trabajo de parto y el parto la mujer tiene derecho a estar acompañada por una persona de sus afectos.
5) Derecho a elegir libremente como transitar el trabajo de parto: caminando, bailando, en el agua, comiendo, bebiendo, paseando, etc.
6) Derecho a elegir libremente la posición para parir: Sentada, semi-sentada, parada, en cuclillas, etc.
7) Derecho a expresar libremente las emociones: jadeando, gritando, riendo, llorando, gimiendo, etc.
8) Derecho a permanecer juntos: Desde el instante del nacimiento la mujer y su bebé tienen derecho a permanecer las 24 horas juntos aún si lo tienen que examinar e incluso en caso de operación cesárea.
9) Derecho del Recién Nacido a ser tratado con respeto y amor: El Recién Nacido tiene derecho a no ser sometido a prácticas y procedimientos rutinarios, invasivos, agresivos y en la mayoría de los casos innecesarios como: el corte inmediato de cordón, la aspiración de secreciones, la sonda naso gástrica, la sonda anal, la vitamina K inyectable, el nitrato de plata en los ojos, medida, peso, baño, etc.
10) Derecho a ser amamantado desde el instante del nacimiento: El Recién Nacido tiene derecho a amamantar desde el instante del nacimiento y a no recibir suministro de soluciones glucosadas ni leche de fórmula, así como tampoco tetinas o chupetes.
11) Derecho a una licencia por maternidad que contemple las verdaderas necesidades de la madre y el bebé: La Organización Mundial de la Salud (OMS) recomienda lactancia exclusiva hasta los 6 meses de vida. Para ello consideramos que es necesario promover la prolongación de la Licencia por Maternidad, mínimo, hasta los 6 meses de vida del bebé, garantizando así el derecho del niño a una alimentación adecuada.
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